El arte. 2 de la CDPD establece que se deben ofrecer “ajustes razonables” a las personas con discapacidad en el lugar de trabajo. Lea el artículo: “Ajustes razonables significa modificaciones y ajustes necesarios y apropiados que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales."
Situación:
Henry, que sufre de TEA, es contratado por una empresa que vende papel. ¿Qué actividades podrían adaptarse a él? Lea en voz alta las posibilidades una tras otra y espere a que la audiencia responda sí o no.